El Tribunal Superior de Justicia de Asturias ha dictaminado la ilegalidad del Programa Anual de Control del Lobo para el bienio 2025-2026. Esta resolución anula la autorización para la eliminación de 53 ejemplares de lobo, muchos de los cuales ya habían sido cazados. La decisión judicial se basa en la jurisprudencia establecida por el Tribunal Supremo, que restringe severamente la posibilidad de abatir lobos, una especie clasificada como protegida.
La sentencia surge a raíz de una impugnación administrativa presentada por diversas organizaciones ecologistas. La clave del fallo radica en que el programa de control fue aprobado bajo un marco normativo ya derogado, y en la vulneración del principio que prohíbe el control letal de especies silvestres de interés comunitario cuyo estado de conservación es desfavorable. Este veredicto subraya la importancia de adherirse a la legislación vigente y a los criterios de conservación de especies protegidas.
La Protección del Lobo Ibérico Ante la Jurisprudencia Actual
El Tribunal Superior de Justicia de Asturias ha emitido una sentencia crucial que invalida el Programa Anual de Control del Lobo para el periodo 2025-2026, el cual permitía la caza de 53 lobos en la región. Esta decisión responde a una demanda contencioso-administrativa interpuesta por la Plataforma para la Defensa de la Cordillera Cantábrica y Ecoloxistes N'Aición D'Asturies, y se apoya firmemente en la jurisprudencia reciente del Tribunal Supremo. La anulación se fundamenta en que el programa fue aprobado bajo normativas obsoletas y en la violación del principio de no intervención letal sobre especies silvestres con estatus de protección y en estado de conservación desfavorable. Esta resolución refuerza el marco legal de protección del lobo, estableciendo un precedente significativo contra la caza de esta especie en Asturias.
La inclusión del lobo en el Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial (LESPRE) en 2021 implicó la derogación de cualquier disposición autonómica contraria, como el decreto que aprobaba el II Plan de Gestión del Lobo en Asturias. Los demandantes argumentaron, y el TSJA confirmó, que no se puede justificar la muerte de una especie silvestre basándose en normativas derogadas, especialmente cuando se trata del lobo, cuyo estado de conservación es crítico. A pesar de que el Tribunal Supremo ya había sentado precedentes en casos similares, el TSJA había denegado previamente medidas cautelares para detener el programa, resultando en la muerte de aproximadamente 45 lobos durante su vigencia. El Gobierno de Asturias suspendió el programa 2024-2025 en febrero, tras una anulación del Supremo de un programa anterior, y actualmente está en proceso de elaborar una nueva propuesta, buscando un equilibrio entre la coexistencia y la protección de la especie.
Regulación y Límites para el Control de Especies Protegidas
El Tribunal Supremo ha clarificado que, aunque las comunidades autónomas pueden implementar medidas de gestión para el lobo, estas deben cumplir con requisitos estrictos, alineados con la Directiva Hábitats de la Unión Europea. La eliminación de lobos solo se permite como último recurso para evitar daños significativos al ganado y requiere una evaluación exhaustiva del estado de conservación de la especie. No es suficiente con observar un aumento de la población en un área específica, ya que el lobo se desplaza por un vasto territorio, lo que exige una visión más amplia de su dinámica poblacional. Esta sentencia establece un marco riguroso para la gestión del lobo, enfatizando la protección de la biodiversidad y la necesidad de una justificación sólida para cualquier intervención que implique la muerte de ejemplares.
La extracción o sacrificio de lobos debe ser selectiva y no puede aplicarse de manera indiscriminada a un número preestablecido de individuos. Es fundamental que cualquier acción de control considere el impacto en la manada, ya que la muerte de ciertos ejemplares puede tener consecuencias particularmente perjudiciales para la estructura y estabilidad del grupo. Esta aproximación subraya la necesidad de estrategias de gestión que sean no solo legales, sino también ecológicamente sostenibles y éticamente responsables. Las decisiones futuras sobre el control del lobo deberán integrar estos principios, buscando soluciones que prioricen la conservación de la especie y la minimización de conflictos, a través de alternativas no letales y un monitoreo riguroso de las poblaciones y sus hábitats.